Actualización: Resulta que estaba equivocado :-( En la primera versión de esta entrada identificaba el registro de matrícula de no residentes (que es el que estamos tramitando nosotros) con el de viajeros (que es el que se cita en la noticia al principio de la entrada). Y la realidad es que el registro de matrícula de no residentes y el registro de viajeros son dos listas diferentes. La del registro de viajeros SI que se puede hacer vía web.
Dejo el post aunque sólo sea porque la recomendación TAMBIÉN ES para que los turistas se apunten como no residentes, y eso es muy poco práctico aunque sólo sea por plazos.
Hoy estaba leyendo uno de los artículos de El País sobre la catástrofe del Nepal, cuando me he tropezado con un párrafo que me ha soliviantado "un poquico".
El párrafo en cuestión dice: ".. la Embajada en Nueva Delhi (España no tiene representación diplomática
en Nepal) actualiza permanentemente la lista de españoles en el país
vecino, con la dificultad que supone el que muchos turistas no cumplan
la recomendación de apuntarse en el registro de viajeros."
Está muy bien que la recomendación oficial sea apuntarse en el registro de viajeros. Pero también se recomienda apuntarse en el registro de matrícula de no residentes (véase ¿¿y si nos toca mesa en las elecciones??). No es obligatorio, pero sí recomendable. La idea es que la embajada tenga un listado de los españoles en cada país y poder ayudarlos en caso de problemas y demás. Según el propio ministerio:
Se aconseja a los españoles que se encuentran temporalmente en el
extranjero que se inscriban en el Registro de Matrícula Consular
correspondiente al lugar donde se encuentran como "no residentes"
(descargar formulario),
especialmente en países con riesgo de catástrofes naturales o que
sufren inestabilidad política, para permitir que en caso de activarse
programas de emergencia se pueda contactar por parte del Consulado con
todos los españoles de la demarcación consular.
Pero la pregunta es, ¿es factible, o práctico, el sistema actual para inscribirse como no residente?
Me explico. Imaginémonos que nos dicen que en los autobuses uno puede ir de pié o sentado. Pero que para ir sentado, primero tienes que visitar una oficina en el centro, tienes que dejar tu DNI allí durante media hora y luego ya puedes pasar a recoger tu DNI, le pondrán una pegatina, y con eso puedes ya sentarte. Y eso cada vez que vayas en un autobús. ¿Quién lo haría para un viaje en un atuobús urbano? Nadie, ¿verdad? Iríamos todos de pie. Sólo lo haría aquél que tenga que ir pongamos a Madrid. Para ese viaje sí le vale la pena.
Para esto es parecido. Supongamos que vamos a un país con buenas comunicaciones, no sé, así al azar, digamos EE.UU. (je,je). Y ahora supongamos que uno se va a Seattle (más je,je) durante quince días de turismo y quiere cumplir con la recomendación del Ministerio. ¿Qué tiene que hacer?
¡Muy sencillo! Lo primero es localizar dónde hay que apuntarse. Habrá un consulado cerquita, ¿no? Pues mira por donde, no. Tiene que hacer los trámites en el consulado en San Francisco. Sí, en California. Pero, ¿no hay más cerca? Que no. Y no nos quejemos, a los de Alaska también les toca en San Francisco. Como no vas a ir en persona (estás de vacaciones quince días, o un viaje de negocios de M Torres durante 4 días, no vas a tirar dos días para que te sellen un pasaporte) pero quieres seguir la recomendación, preguntas y te dicen "lo puede hacer por correo".
Pero necesitan:
- El Pasaporte ORIGINAL
- El DNI
- Fotocopia de los dos (DNI y Pasaporte)
- Dos fotos de pasaporte tamaño USA (5x5 cm)
- Un impreso relleno
- Un original de prueba de domicilio (¿certificado del hotel, si estás de vacaciones? Porque la factura la dan el último día...)
- Fotocopia del último ítem
- Un sello de correo Express del USPS para que te manden el pasaporte y demás de vuelta.
Lo metes todo en un sobre y se lo mandas. Qué "sencillo", ¿verdad?
Ahora, las pegas.
Uno: el plazo. Nosotros, que hemos hecho este trámite, lo mandamos por URGENTE el sábado 18, llegó a San Francisco el lunes 20, y desde entonces, ¡ná de ná! Ahora, si nos ponemos en el caso del turista, ¿qué debe hacer? ¿Y si no se lo han devuelto y tiene que volver? ¿Qué hace? ¿Quedarse bloqueado en el país sin poder salir, esperando que vuelva el pasaporte? No parece muy eficaz el proceso, no...
Dos: No Photo ID. Durante todo este plazo en teoría deberíamos llevar diez días INDOCUMENTADOS. Así que decidimos saltarnos la norma y nos quedamos los DNIs originales.
Si no nos quieren registrar por eso en el consulado pues vale. Podríamos también usar el carnet de conducir. Pero de cualquier manera hay trámites para los que necesitas el pasaporte: trámites en el banco (es el primary ID), con la policía, entrar y salir, etc.
¡Je! Y esto en EE.UU. con buen sistema de comunicaciones. Ahora díganme a mí cómo se puede hacer en la India. Es interesante porque en la web no dice que allí se pueda hacer por correo... Suponiendo que se pueda, ¿cuánto tiempo tiene que estar uno sin pasaporte? ¿o tiene que ir en persona a la embajada desde Nepal?
Visto lo visto, no entiendo que no se pueda uno inscribir de otra manera. Al menos para inscribirte en el registro de viajeros (que es lo que aparecía en la cita de la noticia) se puede hacer vía web. Pero el otro, el registro de no residentes, no se puede.
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